A PROPÓSITO DE LA MONARQUÍA | Ser Rizomático

A PROPÓSITO DE LA MONARQUÍA

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Quiero compartir con ustedes este artículo que he leído en Rebelión.org:

”La ingenuidad que reside en la población española, al concebir las funciones de la monarquía en el sistema constitucional, como meras atribuciones de carácter simbólico y representativo del “Reino de España”. Evidencian una actitud sumisa hacia unos sujetos cuyos actos, sin responsabilidad política alguna, y tal vez legal, atentan ante el compromiso democrático de una sociedad que así se autodefine.


Cuestionarse la utilidad en el ejercicio de las atribuciones articuladas en el texto cúspide de la jerarquía normativa, fruto de una sucesión dictada en el anterior régimen franquista en el marco de la Ley 1/1977, de 4 de enero, para la Reforma Política. Limita y promueve el olvido de quienes lucharon y luchan hoy día por el restablecimiento de una; Democracia de trabajadores de toda clase.

El derecho a la memoria, entendiéndose este, como poder para no olvidar (y por ello recuperar la Historia) acerca de quien y como han gobernado los poderes públicos bajo soberanía del pueblo. No puede ser motivo de injuria o escarnio, más si cabe, después del riego de vidas que supuso la defensa de valores y principios respaldados constitucionalmente en su momento, como la tan usual y machaconamente repetida; Libertad de Expresión, monopolizada por quienes detentan los medios de producción de la ideología dominante.

El silencio cómplice, hacia el uso del “símbolo patrio” por parte de partidos, junto a expresiones de cierto presidente autonómico aludiendo a una conversación en términos políticos acerca de Navarra, además de los hechos acaecidos en el acto conmemorativo del 11-M en Madrid (como; paso atrás). Dan una vez más la razón, a quienes sostienen y sospechan tesis conspirativas entorno a un posible autogolpe de estado el 23-F, para así consolidar a una Familia.

Si entre sus atribuciones se encuentra: arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones (art 56.1 Titulo II, De la Corona, C.E.), no cabe duda que el actual clima institucional, tanto en el Congreso como en el Senado, además de la judicatura, y por no olvidar declaraciones de altos mandos de las Fuerzas Armadas, refleja todo lo contrario. O una de dos, o se debe a que: no arbitra por irresponsabilidad o inutilidad (en el sentido de poco útil, ineficaz o incapaz), o hace todo lo contrario, más bien en lugar de moderar y tranquilizar. Calienta, ampara y agita.

Reino del Político Irresponsable

La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria (Art. 1.3 de la C. E.).Cae en una incorrección, por que no es una forma de Estado, sino de gobierno, su objetivo es resaltar la figura de la Corona. El monarca ejerce la función de Jefe del Estado “bajo el control” del poder Legislativo (Parlamento) y del poder Ejecutivo (Gobierno). El poder judicial se lo atribuye a los Jueces y Magistrados (la justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey, art.117).

Monarquía; forma de gobierno de un estado en la que el cargo supremo es vitalicio y comúnmente designado según un orden hereditario.

Hay dos formas de gobierno: la República y la Monarquía. La diferencia está en el carácter hereditario, por ejemplo la Corona es hereditaria, y el Presidente de la República es elegido por los ciudadanos. Los dos son Jefes de Estado.

Del texto constitucional se distinguen dos tipos de funciones del Rey: Las implícitas que son establecidas por la Constitución pero no delimitadas por ella (56.1) y las de carácter ambiguo (simbólico, arbitral y moderador), atribuidas expresamente por la Constitución y que el monarca ejercer de acuerdo con lo dispuesto en el texto constitucional (sobre todo en el 62 y 63 C.E.).

El refrendo de los actos del Rey

El refrendo es una institución típica de la monarquía parlamentaria, está íntimamente relacionado con el principio de irresponsabilidad del Monarca. Este principio de irresponsabilidad junto al de sucesión hereditaria son principios característicos de la monarquía parlamentaria.

Esta figura jurídica surge precisamente en el absolutismo, bajo la consideración del poder divino del monarca, soberano de todo el poder político, como representante de dios en la tierra, se consideraba que el Rey era infalible, no podía actuar mal, de ahí su irresponsabilidad.

Hay dos tipos de responsabilidad:

Responsabilidad jurídica se deriva de la contradicción de actuar en contra de lo dispuesto en normas jurídicas por lo tanto el sujeto realiza una conducta contraria a derecho. Se distinguen varios tipos de esta responsabilidad:

a. Responsabilidad penal cuando se realiza un ilícito de tipo penal y se sanciona con una pena privativa.

b. Responsabilidad civil cuando se realiza una conducta que daña a otras personas y sus bienes, y no constituye delito, y se sanciona económicamente.

c. Responsabilidad administrativa cuando se comete una infracción administrativa.

Responsabilidad política no deriva de realizar una conducta contradictoria jurídicamente sino que tiene ver con criterios de oportunidad política y afecta a quienes desempeñan cargos de tipo representativo. Se resuelve normalmente en dimisión o cese de esa persona.

Para suplir la falta de responsabilidad política es para lo que se ha previsto la institución del refrendo, se supone que solo tiene que ver con los supuestos de responsabilidad política.

El refrendo se contempla en el art. 56 párrafo 3 de la C. E. que a su vez nos remite al art. 64.

El refrendo consiste en que un tercero autentiza (conforme a derecho art 64 C.E.) el acto del monarca y asume la responsabilidad que pudiera derivarse de dicho acto. El refrendo viene a suplir esa falta de responsabilidad del Rey.

Todos los actos del Rey tienen que ser refrendado, salvo lo recogido en el artículo 65 de la C.E. El nombramiento y relevo de los miembros civiles y militares de su Casa. Y la distribución de una cantidad global de los Presupuestos del Estado para el sostenimiento de su Familia y Casa, que distribuye libremente.”


Título del artículo; ¿Qué significa la monarquía? Viento que agita ira
Autor: Antonio Clavero Sánchez
Publicado en Rebelión el 18.04.2007
Fuente: http://www.rebelion.org/noticia.php?id=49831

¡Pues eso, que salud y hacia la III República!
Carmen Moreno Martín
Alias Hannah

Imagen: http://photos4.flickr.com/941473713eb460f18o.jpg

Sábado, 21 de Abril de 2007 01:30 Autor: Hannah. enlace permanente. Tema: Consciencia revolucionaria..

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